Centros del mes - Julio 2014
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Tipo: Oposición
Centro: Campus Training
Método: Semi-Presencial
Duración: Consultar
Precio: Consultar
Prácticas: Consultar
Certificado oficial
Los cuerpos de la Policía Local deberán ejercer las siguientes funciones, entre otras:
• Proteger a las autoridades de las corporaciones Locales, y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.
• Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de
circulación.
• Instruir atestados por accidente de circulación dentro del casco urbano.
• Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.
1º. Tener la nacionalidad española.
2º. Mayor de 18 y no haber cumplido los 36 años (la edad máxima es variable en cada ayuntamiento).
3º. Tener una estatura mínima de 1,65 m. los hombres y 1,60 m. las mujeres.
4º. Estar en posesión del Título de Bachillerato, Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente.
5º. Tener los permisos de conducir de las clases A ó A2, B y BTP
6º. Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se realizará mediante declaración
jurada y por escrito.
7º. Acreditar la aptitud física mediante la presentación de un certificado médico en el que se haga constar
expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la
realización de los ejercicios físicos.
MÓDULO 1.
1. La Constitución Española de 1978.
2. El Tribunal Constitucional.
3. Las Cortes Generales.
4. La Corona.
5. El Gobierno.
6. La Administración.
7. Organización Territorial del Estado.
8. Las Comunidades Autónomas.
9. El Poder Judicial.
10. Régimen Local español.
MÓDULO 2.
11. El Municipio.
12. Principios de actuación de la Administración Pública.
Fuentes del Derecho Público.
13. El acto administrativo.
14. El procedimiento administrativo.
15. Los recursos administrativos.
16. Formas de acción administrativa.
17. Ordenanzas, Reglamentos y Bandos.
18. Personal al servicio de las Entidades Locales I.
19. Personal al servicio de las Entidades Locales II.
20. El personal de la Policía Local.
MÓDULO 3.
21. Derecho Penal.
22. Delitos contra la Administración Pública.
23. Delitos y faltas.
24. Marginación social, droga y delincuencia juvenil.
25. La ciudad.
26. La sociedad de masas.
27. Protección civil.
28. La Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
29. Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas.
30. La Policía Local.
31. Policía Judicial y Policía Administrativa.
32. La legislación sobre tráfico, circulación de vehículos
a motor y seguridad vial: disposiciones generales.
33. Autorizaciones administrativas.
34. Señalización. Tipos y significado de las señales de
circulación, marcas viales y señales en los vehículos.
35. El transporte.
36. Los accidentes de tráfico. La alcoholemia.
MATERIAL COMPLEMENTARIO
** Constitución Española de 1978
** Estatuto de Autonomía de Castilla y León
** Legislación Igualdad y Género
** Ley de Coordinación de las Policías Locales
** Bloque de Psicotécnicos
** Índices Generales
PRUEBAS DE ACCESO
En la oposición, las pruebas selectivas que habrán de superarse se desarrollarán en la forma que se establezca en
la correspondiente convocatoria. Dichas pruebas, que deben asegurar la objetividad y racionalidad de la selección,
serán eliminatorias y estarán divididas en las siguientes subfases:
a) Aptitud física, tendentes a comprobar, entre otros aspectos, las condiciones de fuerza, agilidad,
flexibilidad, velocidad y resistencia del opositor.
- Se calificará de apto o no apto, siendo eliminatorio el no superar una de las pruebas.
b) Examen médico con sujeción a un cuadro que garantice la idoneidad.
- Se calificará de apto o no apto.
c) Psicotécnicas, en las que podrá incluirse una entrevista de carácter psicotécnico y personal así como
tests, dirigidas a determinar las aptitudes y actitudes del aspirante para el desempeño del puesto policial.
- Se calificará de apto o no apto.
d) Conocimientos, que consistirán en la contestación, por escrito, de los temas o cuestionario de preguntas
con respuestas alternativas, propuestos por el tribunal para cada materia de las que figuren en el temario
de la convocatoria, y la resolución de un caso práctico cuyo contenido estará relacionado con el temario.
Este tipo de examen es el más habitual, pero es sólo orientativo debido a que cada Ayuntamiento en la convocatoria
puede establecer modificaciones.