Transportistas de mercancías (interior e internacional)
Oposición de Transporte - Transportista
Este certificado está regulado por la ley 16/1987 de ordenación de los transportes terrestres y su Reglamento (Real Decreto 1211/1990, modificado por Real Decreto 1225/2006). Esta legislación determina que para el ejercicio de las actividades de transportistas de viajeros y mercancías por carretera y operador de transportes será necesario acreditar previamente el cumplimiento del requisito de capacitación profesional, que se reconocerá a las personas que superen las pruebas que se convoquen, según lo prescrito en la Orden del Ministerio de Fomento de 28 de mayo de 1999. Los certificados de capacitación profesional serán expedidos por el Ministerio de Fomento o por las Comunidades Autónomas. Las personas que obtengan el certificado serán inscritas en el apartado correspondiente del Registro General de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte.
Estructura de la prueba
Los aspirantes deberán superar un ejercicio que versará sobre el contenido de las materias del programa. El ejercicio constará de dos partes: 1. La primera parte, consistirá en contestar a 100 preguntas tipo test, cada una de las cuales contará con cuatro respuestas alternativas, sobre el contenido de las materias del programa. 2. La segunda parte, consistirá en resolver, mediante cálculo matemático o una explicación escrita, seis supuestos prácticos que requieran la aplicación de las materias del programa a casos concretos.
Convocatoria
Las Comunidades Autónomas que ostentan la competencia para la realización de pruebas para la obtención del certificado de capacitación profesional las convocarán al menos una vez al año. La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial correspondiente, deberá efectuarse, al menos con un mes de antelación a la realización del primer ejercicio, abriendo un plazo de inscripción no inferior a quince días.