Policía Nacional Escala Ejecutiva

Oposición de Cuerpos de seguridad - Policía nacional

La División de Formación y Perfeccionamiento realiza las funciones de selección, promoción, formación y especialización de los miembros del Cuerpo Nacional de Policía. Todos los años convocan oposiciones para cubrir las plazas vacantes de mandos de la Policía. Con este curso se pretende preparar al alumno para ingresar en la Escala Ejecutiva del Cuerpo Nacional de Policía, dando una formación teórica y práctica que abarca todos los aspectos necesarios para superar las pruebas. Desde la parte fundamental de la teórica hasta la prueba del caso práctico.
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Oposición de Policía Nacional Escala Ejecutiva

Temario

Ciencias Jurídicas
Ciencias Sociales
Ciencias Técnicas

Material:

3 volúmenes con 60 temas correspondientes a lo solicitado en la convocatoria
2 volúmenes de pruebas psicotécnicas
Libro de pruebas físicas
Vídeo de pruebas físicas

Requisitos

    * Ser español/a.
    * Tener cumplidos 18 años y no haber cumplido los 30 años. No obstante, para los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía en activo que aspiren a ingresar en esta categoría, la edad se amplía a los 35 años.
    * Estatura de 1,65 metros para hombres y 1,60 metros para mujeres.
    * Estar en posesión del título de ingeniero técnico, arquitecto técnico, diplomado universitario o equivalente.
    * La equivalencia al título de Diplomado universitario será:
      - El haber superado los tres primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de licenciado, arquitecto o ingeniero o
      - El haber superado el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos.
    * Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas.
    * No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración autonómica, local o institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
    * Estar en posesión del permiso de conducir de clase B (antes B-1).
    * Los opositores deberán estar en posesión del permiso de conducción de la clase A previsto en el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, o el de la clase A2 a que se refiere el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo y de la autorización para conducir vehículos de emergencia (BTP), obtenida con anterioridad a la fecha en que se comparezca a la realización de la cuarta prueba.

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